26/11/2021
Sociología Jurídica
TEMA. FINES DEL DERECHO. FUNCIONES SOCIALES DEL DERECHO
Se entiende por
fines la razón última por la cual existe o se crea el Derecho. El el objetivo
final del Derecho.
El concepto se
puede consultar en el Diccionario Jurídico de Cabanelas
El Derecho tiene 3 fines primordiales:
1) Primer fin del Derecho: Hacer Justicia. Se entiende por justicia el concepto clásico de Ulpiano; Justicia es dar a cada uno lo que le pertenece, lo suyo, lo que le corresponde.
La vida es un cúmulo de actos en donde está metida la justicia. El derecho
busca normar o regular el comportamiento de los hombres de manera que
prevalezca siempre el término medio, el más justo, el más equilibrado entre las
personas; es decir que prevalezca la justicia.
Ej: en el caso de un divorcio, una pareja que tiene unos niños menores de 7
años, debe existir un acto de equilibrio para saber quién se queda con el
vehículo, cómo hacen para dividir la casa que compraron hace 20 años, cómo van
a ver a los hijos. Los niños se quedarán con la madre, el padre los visitará.
Deben ponerse de acuerdo para ver cómo se van a compartir las vacaciones de
navidad, etc. La justicia es el punto medio que permite que todos queden
satisfechos.
2) Segundo fin del Derecho: El Bien Común. Es un bien colectivo, que va más allá del bien
individual. Es considerado como el bien de todos, el bien de la comunidad, de
la sociedad.
El Derecho siempre va a buscar el bien colectivo mediante las normas, a menos
que se produzca una sentencia individual, pero que siempre creará un precedente
judicial o una jurisprudencia que va a beneficiar a todo el que esté en un caso
similar.
3) Tercer fin del Derecho: La Seguridad Jurídica. Se refiere al equilibrio, a poner orden en la sociedad. Es tener la convicción de que la persona que goza de un derecho y le ha sido violado, tenga la posibilidad formal material de que puede acudir a las instancias competentes (Tribunales) para hacer valer su derecho.
Ciertas empresas que invierten en Venezuela económicamente, establecen que en caso de alguna situación que los perjudique, que se acuda a algún tribunal de arbitraje extraterritorial para dirimir las diferencias. Esto para garantizar de alguna manera su seguridad jurídica. Estas son situaciones excepcionales donde se firma una cláusula de arbitraje, para evitar medidas como las expropiaciones.
NOTA: Estos tres conceptos se pueden consultar el en Diccionario Jurídico de
Cabanellas
FUNCIONES SOCIALES DEL DERECHO
Las Funciones Sociales: Se refieren al desempeño o rol que va a desempeñar
el Derecho en una sociedad.
En ese sentido,
el Derecho cumple un conjunto de roles. Los principales son los siguientes:
· Organización de la sociedad: Es el primer rol que cumple el Derecho en
la Sociedad. La organización de la sociedad se hace a través del Derecho ¿Cómo
se organiza? Desde el momento en que regula a través de competencias para
impartir justicia.
Ej: La
organización del territorio en 23 Estados y un DC, las alcaldías, etc, es una
organización dada por el derecho en función de los intereses
político-territoriales.
Esto ocurre
también en lo económico, social, cultural. En todos los niveles de la vida el
Derecho pone orden.
En el caso de los Tribunales, también todo está organizado por el Derecho, por ejemplo, a través de las distintas competencias de las leyes, y si existe un problema con un empleado, debe acudir a un Tribunal Laboral, etc.
·
Orientar
y persuadir a la sociedad del cumplimiento del Derecho o de las normas: Mediante esta función social, el
Derecho avisa, amenaza, orienta sobre los procesos dentro de cada área. Orienta
sobre cuáles son los derechos de las personas y a qué instancia acudir. El
Derecho es persuasivo: va convenciendo al individuo al alertarlo sobre las
consecuencias legales de las acciones.
· Control social. Es la más importante de las funciones. El Derecho
a través de sus normas envía una señal de manera coactiva e imperativa sobre lo
que debe y lo que no debe hacerse, sobre el bien y el mal.
El Derecho es el mejor mecanismo de control social, porque regula el comportamiento en sociedad.
·
Resolución de conflictos. Es la cuarta función del Derecho. Busca
resolver conflictos sociales y conflictos individuales. Procura que los
conflictos que surgen en la vida cotidiana puedan ser resueltos de la mejor
manera posible.
Ej: Ante un conflicto laboral se han creado instancias para resolver dicho
conflicto con la mediación institucional. También en conflictos personales como
en un matrimonio, se puede resolver mediante un divorcio. El problema de
herencias si aparentemente no hay herederos, el bien patrimonial le queda al
Estado, es la manera como lo resuelve el Derecho. Cuando el derecho emite
decisiones sobre casos particulares, resuelve conflictos individuales y cuando
el derecho se transforma en Leyes, resuelve conflictos sociales.
· Función Legitimadora del Poder. Quiere decir que el Derecho establece
para que el poder pueda ejercerse legítimamente lo hace a través de un conjunto
de disposiciones, no solamente leyes y normas. Permite que los gobernantes
tengan la validez sobre sus gobernados.
Ej:
La Ley electoral
La democracia es un derecho y un valor cultural que
tenemos y debemos mantenerlo
Cuando impera la anarquía, impera la fuerza y la
violencia, entonces no impera el Derecho
ASIGNACIÓN / TRABAJO:
Valor: 5 puntos del parcial
Fecha de entrega: Mediados de enero. Se sugiere empezar lo antes posible.
Construir un vocabulario conceptual en Sociología Jurídica
Traducir del francés un material que se nos va a
suministrar a cada uno. Luego traducirlo al español y si se puede agregarle
algo del libro del profesor o de otro libro. Generalmente son dos o tres palabras
que tocará a cada persona y se realizará de manera de diccionario, en un
documento de Word, a dos columnas (no cuadro). Destinar entre una cuartilla y
media y dos cuartillas al desarrollo de cada palabra.
Emplear las normas APA. Arial 12. Interlineado 1,5.
https://normas-apa.org/formato/margenes/
Recomendación: Ir buscando diccionarios de
derecho, politología, sociología, ciencias sociales, criminología, para
consultar y citar debidamente.
Profesor:
las citas de otros libros sencillamente no se
encomillan ahora...
sencillamente se coloca al final del texto en
paréntesis el apellido del autor y la inicial del nombre seguido de dos puntos
y el año de publicación
Ejemplo:
El anómico es un delicuente (Arellan, P : 2011:
35)
Fuente: apuntes
académicos. Clase del Profesor Pedro Arellán.
